La alcaldesa de Ronda, María de la Paz Fernández, ha informado que algunos de los seis expedientes de restitución de la realidad física alterada (demolición) en los
parajes de la Hoya del Tajo, que firmó en la jornada del pasado martes, llevan entre ocho y nueve años tramitándose y que se trata de un procedimiento que viene perfectamente detallado en las leyes y que por afectar a derechos muy importantes de los ciudadanos, “son muy garantistas, con lo que hay que cumplir
escrupulosamente las fases y los plazos que la Ley establece para este tipo de actuaciones”.
La regidora indicó que desde la entrada de la Ley de Ordenación de Ordenación Urbanística de Andalucía de fecha de 2002 y siguiendo lo establecido en el Real
Decreto 60/2010 de 16 de marzo, y el recientemente aprobado Decreto 2/2012 sobre Situaciones de las Edificaciones en Suelo No Urbanizable, se vienen tramitando en el Área de Obras y Urbanismo los expedientes para velar por la legalidad urbanística, siguiendo el Plan de Inspección Municipal.
En este sentido la regidora ha detallado que la Hoya del Tajo está recogida en el Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU), como suelo de especial protección.
También en el Plan Especial del Medio Físico de Málaga se recoge como suelo no urbanizable.
Cuando se detecta una edificación en suelo no urbanizable, la Administración “no tiene opciones, es decir, la Ley nos obliga a actuar para restablecer el ordenamiento jurídico que se ha vulnerado”, indicó Fernández, quien recordó que al estar actuando sobre suelos de especial protección las acciones no prescriben.
No obstante desde el Ayuntamiento rondeño se ha puntualizado que no se trata específicamente de sancionar, sino de cumplir con la Ley, “no tenemos otra opción”.
Como establece la Ley se inician en paralelo dos expedientes: el de restablecimiento de la realidad física alterada y el sancionador. En el primero de ellos, normalmente se solicita la legalización de las obras, que si se realiza en el plazo otorgado para ello, conlleva, entre otras consecuencias, la reducción de la sanción que se imponga. “Pero en estos casos concretos es imposible la legalización y sólo cabe la demolición, que es lo que se ha decretado”, dijo la regidora.
Finalmente se insistió en la no prescripción de las acciones contra las construcciones ilegales que en la mayoría de los casos ni siquiera habían solicitado la licencia de obras. “Evidentemente, en caso de haberlas solicitado, se les hubiera denegado y recordar que no estamos sancionando, sino cumpliendo la Ley”.
Ahora los propietarios de estas edificaciones, que se construyeron entre los años 2006, 2007 y 2010, tienen un plazo de diez días para plantear los recursos que estimen oportunos.